Alcaldía de Oruro anuncia sanciones a choferes y pasajeros sin implementos de bioseguridad
El Decreto Municipal dispone de sanciones a conductores y ocupantes que no usen medidas y protocolos sanitarios contra la propagación del Covid-19.
Los conductores y pasajeros de vehículos de servicio público y privado, tienen la obligación de hacer uso de medidas y protocolos de bioprotección, caso contrario serán sujetos de sanción económica o trabajo comunitario, disposiciones establecidas en el Decreto Municipal 137.
La aplicación de la cuarentena dinámica, que flexibiliza la reactivación de actividades comerciales como el transporte, también implica obligaciones y responsabilidades. En este caso tanto el chofer o conductor y sus pasajeros u ocupantes deben portar y activar protocolos de bioseguridad necesariamente, velando por la salud y seguridad individual y colectiva.
Destacan dentro de las obligaciones conjuntas, por ejemplo, el uso forzoso de barbijo y en el caso del chofer de transporte público, también el uso permanente de lentes de protección, además de portar alcohol en gel o alcohol al setenta por ciento.
El incumplimiento a estas medidas de prevención y contención del Covid-19, significan de acuerdo a normas establecidas y en plena vigencia la cancelación de 250 (UFVs) Unidad de Fomento de Vivienda o de forma alternativa el trabajo comunitario, establecido en días y horas no laborables.
Además de desinfectar el interior de los motorizados, habilitar el separador físico de acrílico e implementar señalización informativa al interior de los motorizados, se debe priorizar el respeto al distanciamiento físico, tomando en cuenta de forma obligatoria la mitad de su capacidad.